Laja-Bajío

Realizan ceremonia de incineración de banderas en Jaral

JARAL DEL PROGRESO, GTO; Se llevó a cabo la ceremonia de Incineración de Bandera en la explanada cívica Anselmo Ramírez, donde estuvo el Presidente Municipal el Ing. José Alberto Vargas Franco, la Sindico Arq. Ana María Nieto Mier, el Comandante de la XVI zona militar Capitán Miguel Ángel Patiño Martínez y personal que conforman el Ayuntamiento.

La Ceremonia de Incineración de Bandera es el acto de reposición de una réplica del lábaro patrio mexicano, la Bandera de México es uno de los símbolos patrios más significativos, mismo que no puede tocar el piso y mucho menos la basura. Si una insignia mexicana, que por el paso del tiempo se encuentra ya deteriorada o en mal estado, tiene que ser quemada y purificada a través del fuego en una ceremonia de incineración a cargo de elementos de la Secretaria de la Defensa Nacional.

El protocolo para la incineración señala que antes de quemar la bandera se le deberán rendir honores y posteriormente depositarla en el pebetero donde se realiza la incineración, donde finalmente las cenizas son depositadas en una urna.

Dando inicio con los honores a la bandera para posteriormente realizar el acto protocolario de incineración de bandera,  siguiendo con el orden del día el Ing. Vargas Franco tomo protesta del lábaro patrio para finalmente izarla en compañía de un militar del ejército mexicano.


Cabe mencionar que el Artículo 25. La Secretaría de la Defensa Nacional, determinará la reposición de una bandera, cuando se hubiere deteriorado o cumplido su tiempo. En todo caso, se hará constar el motivo de la reposición, en acta que levantará el Consejo Administrativo.

Artículo 26. La misma Secretaría será quien determine, previo estudio, cuáles de las banderas que se den de baja en los Cuerpos, deben conservarse en los Museos Militares o en los que corresponda.


Artículo 27. Cuando la historia de una bandera amerite que ésta sea conservada, la Secretaría de la Defensa Nacional dispondrá su entrega al lugar que designe, con el ceremonial que se detalla en el artículo 33 de este reglamento. En caso contrario, se dispondrá que sea incinerada con el mismo ceremonial. En ambos casos se levantará un acta que firmarán los que asistan al acto y se conservará en el archivo general de la Secretaría de la Defensa Nacional, junto con el historial de la bandera.