Opinión

Los políticos en la alegría del “chapulineo”; un artero fraude a la representación popular…

Por Íñigo Javier Rodríguez Talancón

El fenómeno del transfuguismo, ejemplificado recientemente por la decisión de la alcaldesa de León de abandonar las filas del PAN para integrarse a una fuerza política minoritaria como lo es Movimiento Ciudadano, no debe ser visto como un simple ejercicio de libertad asociativa. Por el contrario, representa una dimisión de facto al mandato popular y una vulneración directa a la arquitectura democrática que sostiene nuestro sistema de representación.

Sobre la base legal de que el cargo de alcalde es, por naturaleza, irrenunciable y obligatorio, cualquier alejamiento de la plataforma política que le otorgó el triunfo debe interpretarse como una dejación del encargo. Si un candidato es postulado por un partido político, presenta un programa de gobierno y obtiene, bajo esas siglas, el favor de los electores en las urnas, su renuncia posterior a dicha militancia constituye un abandono del mandato que le fue conferido. No se puede alegar la titularidad de un cargo mientras se repudia el vínculo jurídico y político que le dio origen.

La clave para resolver este conflicto ético y jurídico reside en una exégesis profunda de nuestra Constitución, que permita establecer la preeminencia del derecho a votar sobre el derecho a ser votado. Tradicionalmente, los tribunales han blindado al funcionario bajo la premisa de que el sufragio pasivo (ser votado) es un derecho humano individual casi absoluto. Sin embargo, esta visión ignora que el derecho a ser votado no nace en el vacío; es un derecho instrumental, esto es, que solo cobra sentido cuando sirve para canalizar la voluntad soberana del pueblo, expresada a través del sufragio activo (el votar).

Cuando un gobernante “brinca” a otro partido, traiciona la autenticidad de la elección. El voto ciudadano no es un cheque en blanco a la persona, sino un contrato social vinculado a una plataforma política específica. Al romperse este nexo, el ejercicio del poder pierde su legitimidad de origen. Priorizar la permanencia del tránsfuga en el poder es permitir que un derecho individual atropelle el derecho colectivo de miles de ciudadanos cuyo voto fue emitido bajo condiciones que el funcionario ha decidido alterar unilateralmente.

En términos estrictos, quien abandona la causa por la cual fue electo está provocando una vacancia moral y técnica del cargo. La justicia electoral debe evolucionar para reconocer que la traición a la voluntad del electorado es una “causa justificada” que debería derivar en el cese de funciones. Mantenerse en el cargo bajo una bandera distinta a la triunfadora es, en los hechos, un fraude al pueblo como soberano.

Es imperativo que el Tribunal Electoral reevalúe esta jerarquía; si el sistema permite que la conveniencia personal del gobernante se imponga sobre la decisión de las mayorías, la elección deja de ser un ejercicio democrático real para convertirse en una simulación institucional. El cargo de alcalde es irrenunciable, sí, pero la fidelidad al voto que lo creó debe ser una condición innegociable para su ejercicio.

Otro dicho: Murió el singular y quizás nunca bien ponderado Chucho Cueva Aranda; buen abogado; mi amistad con él databa de 1974 cuando iniciábamos nuestros estudios de Derecho en la Universidad de Guanajuato… Con su partida se difuminan en el tiempo muchos referentes de aquella buena época, lo cual me pone triste…