Opinión

“GÁLIBOS”: EL RIESGO DE LA IMPROVISACIÓN. Doble o Nada

Por: José Luis Ramírez

La instalación de “gálibos” a la subida del puente ubicado en la avenida Constituyentes, tramo de la Carretera Federal 45, mostró una serie de irregularidades que vale la pena considerar. En primer lugar, un libo es un dispositivo físico de advertencia, no solo de señalética que indica las dimensiones máximas de altura y anchura, que pueden tener los vehículos para circular por una vía, o atravesar una infraestructura como puentes, túneles o pasos a desnivel. No suelen utilizarse para restringir el flujo vehicular sobre los puentes por limitaciones de carga.

Su función principal es prevenir accidentes y daños estructurales al advertir a conductores de vehículos pesados o altos que no pueden ingresar a determinada vía o estructura. La normativa mexicana (NOM-034-SCT2-2011) establece que la señal preventiva debe colocarse entre 100 y 250 metros antes del punto de riesgo (estructura física en este caso), dependiendo de la velocidad de la vía. Esto garantiza que el transporte pesado tenga tiempo de reaccionar y desviarse, evitando daños y conflictos legales.

De lo anterior se desprenden diversas irregularidades: Operativas, al parecer la instalación de los gálibos se realizó sin estudios técnicos sobre altura y compatibilidad con vehículos autorizados (autobuses urbanos, foráneos o transporte de carga), que trajo como consecuencia golpes y daños materiales a unidades de transporte de pasajeros. El retiro improvisado de estructuras tras incidentes, evidenció la falta de planeación y protocolos de contingencia. La operación de infraestructura vial debe garantizar seguridad y continuidad del tránsito; improvisar medidas genera riesgos y afecta la movilidad.

Irregularidades técnicas: colocaron a una altura incorrecta los gálibos, respecto a normas en vías federales, generalmente 4.5 metros máximo para permitir paso de autobuses y camiones autorizados;uso de material rígido (metal) que provocó daños al contacto, en lugar de materiales flexibles recomendados (plástico, cadenas); ausencia de validación con transportistas antes de la instalación.Lo anterior incumple especificaciones técnicas de tránsito seguro y de diseño vial, generando daños evitables.

De acuerdo a las declaraciones del director de tránsito y policía vial, hubo una intervención privada de la concesionara del “Libramiento Bicentenario”, de tal manera que evidencia Irregularidades Jurídicas. Al parecer el municipio y la concesionaria actuaron en una vía federal (Carretera 45) sin autorización expresa de la SICT, por ello, los daños ocasionados a autobuses pueden derivar en reclamaciones contra el municipio y la concesionaria.

La participación de la concesionaria Bicentenario sin contrato con la autoridad competente, carecería de sustento legal. Insisto, la Carretera 45 es jurisdicción federal y cualquier restricción permanente requiere autorización expresa de acuerdo a La Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, que reserva a la SICT la regulación de restricciones en carreteras federales.

Irregularidades económicas en general: al parecer el municipio no pagó la instalación y el desmontaje de los gálibos, pero debe aclarar quién y, los motivos; los daños a vehículos generarán costos indirectos para transportistas y usuarios afectados; si se reclaman compensaciones afectará el patrimonio municipal por acciones sin carácter legal: las restricciones al flujo vehicular mal implementadas afectan la cadena de suministro del corredor industrial del Bajío lo que también implica daño a terceros sin fundamento legal.

Irregularidades en Competencias de Gobierno: el municipio puede regular tránsito urbano, pero no restringir de forma unilateral una carretera federal: el gobierno del estado debió coordinarse con el municipio y la federación para validar la medida; la Federación(SICT), es la autoridad exclusiva para autorizar restricciones permanentes en carreteras federales. Con lo ocurrido, o bien, se produjo una invasión de competencias, o hubo una falta de coordinación intergubernamental, pero ambas situaciones implicanacciones impermisibles.

La afirmación del Director de Tránsito y Policía Val, al señalar que los gálibos no nos está costando al municipio, ellos los están poniendo para que no hagan uso de las vialidades este tipo de vehículos”, ha dado pie para un cuestionamiento popular: impedir y desviar el tráfico de transporte de carga para favorecer a la concesionaria del Libramiento Bicentenario, al obligar a transportistas a usar el tramo de paga, ¿no es sinónimo de corrupción?

Con respecto a la argumentación sobre los posibles daños al puente, no son del todo ciertos. De acuerdo al Diseño y Normativa de Puentes en Carreteras Federales, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT, ahora SICT) establece que los puentes en carreteras federales deben cumplir con el Manual de Diseño de Puentes y las especificaciones de la Norma Oficial Mexicana (NOM-012-SCT-2-2017) sobre pesos y dimensiones máximas de vehículos de autotransporte.

Los puentes se calculan para resistir el paso de tractocamiones, incluso con doble semirremolque, que pueden alcanzar hasta 75.5 toneladas de peso bruto vehicular autorizado. La carretera federal 45 es uno de los principales corredores industriales y logísticos del país, que conecta el Bajío con la frontera norte. Por ello, los puentes en el tramo Celaya–Salamanca están preparados para tránsito continuo de transporte de carga pesada.

Como lo he señalado, la colocación de los “gálibos”presenta irregularidades operativas, técnicas, jurídicas, económicas y de competencia. Pero lo más grave,muestra una falta de responsabilidad de la institución municipal que pudo traer consecuencias fatales.

Si el alcalde no tiene capacidad ni conocimiento administrativo para la toma de decisiones, puederepetir errores con posibles riesgos letales, como fue con la explosión en las instalaciones de bomberos al abandonar el material explosivo decomisado en San Juan de la Vega. La sabiduría popular dice, tanto va el cántaro al pozo hasta que se rompe.

REVOLCADERO. Ya son varias. Guardar silencio u omitir responsabilidades, puede abrir la puerta a consecuencias irreparables para el municipio. Celaya ya necesita Presidente Municipal.