EL INSULTO COMO DISCURSO PÚBLICO
José Luis Ramírez
A nadie le alcanza antes la cordura que el desatino, dice mi querido Séneca, cuando se refiere a la búsqueda de la virtud. Y sobre la virtud, dice que es un hábito que se encuentra entre el exceso y el defecto.
Dagoberto Serrano Sánchez, hasta este momento es el director del Instituto municipal de arte y cultura de Celaya, en una junta de trabajo con cinco de sus colaboradores, fue grabado y difundido el contenido de su mensaje en casi todos los medios de comunicación, llevando estos 4 minutos y 12 segundos a un tema de interés público. Lo dicho por él, es un ejemplo de todo aquello que no debería ser un servidor municipal.
Lo público en su uso cotidiano vendría siendo aquello que es notorio, lo que todo el mundo puede ver y saber, aquello que pertenece a todos, que pertenece a la sociedad. Al circular la grabación, pareciera que descubrimos un hecho privado, pero no es así. Y básicamente porque el lugar donde se estaba hablando era un espacio de lo público, es decir, del trabajo de servidores públicos realizando una junta para acordar o trazar tareas que no son secretas, y que por su propia naturaleza deben ser transparentes, a la vista de todos.
Para cerrar la idea anterior, debo decir que en cuanto a privado podemos definirlo como un hecho particular y personal de cada uno, que se realiza en un espacio doméstico o familiar.
Una vez que tenemos claro lo anterior, podemos entender como un hecho en apariencia entre particulares, que no lo son, repito, pasa a ser una “causa pública”, es decir del común de la gente. Desde esa visión, el discurso de Dagoberto, no lo podemos valorar desde una óptica privada, sino desde su función como servidor de la sociedad.
Para entender esa función social del servidor público, no necesitamos realizar una elaboración de ideas, desde hace cuatro mil quinientos años, sumados el antes y después de nuestra era, se ha estado trabajando en ello. Particularmente, en la Ley suprema de cualquier país democrático, hay un apartado que señala el perfil un servidor público. De este modo, lo dicho por Dagoberto Sánchez, debe ser analizado a la luz de lo que debe ser, y no de lo que pensamos debiera ser.
Todos los municipios de nuestro país, así como los Estados han creado un Código de Ética, con el objeto de orientar el criterio que deberán observar los servidores públicos en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones para prevenir y disuadir la comisión de faltas administrativas.
El asunto que llama la atención son los valores, es decir, los “principios que permiten orientar el comportamiento en el ejercicio de las funciones”. En ese sentido el Código de Ética del municipio de Celaya, señala que los servidores públicos observarán en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, los principios de disciplina, legalidad, Objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia.
Me referiré solo algunos: conducirse con rectitud sin utilizar el empleo, cargo, comisión para obtener o pretender obtener algún beneficio, provecho o ventaja personal o a favor de terceros; corresponder a la confianza que les han conferido; tener una vocación absoluta de servicio a la sociedad, y satisfacer el interés superior de las necesidades colectivas por encima de Intereses personales; observar en todo momento disciplina, integridad y respeto, tanto a las demás personas, servidores públicos, como a las y a los particulares con los que llegare a tratar; ajustar la conducta para que impere en el desempeño una ética que responda al interés público y generen certeza plena de la conducta frente a todas las personas con las que se vinculen u observen su actuar; hacer sólo aquello que las normas expresamente les confieren y en todo momento someter su actuación a las facultades que las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas atribuyen.
La disculpa “pública” que hace Dagoberto Serrano Sánchez por los insultos, por la bajeza en su trato a personas, por el uso soez y vulgar de sus expresiones, por la descalificación que hace a instituciones como el Conservatorio de Música, al ITC, a la Regidora Mónica Delgado, a los trabajadores del municipio, e incluso a la misma Presidente municipal, es una aceptación cabal de haber pasado por alto el Código de Ética, la Ley Orgánica Municipal, nuestra Ley Suprema, que juró cumplir y hacer cumplir.
Esa aceptación de su violencia verbal, y transgresión de las Leyes, que él llama gesto de humildad, podemos comprenderlo de manera privada, es decir, desde nuestra percepción personal, pero desde el punto de vista de la Ley, solo hay un camino, el despido, la renuncia, o la espera de una resolución que lo confirme y lo ponga fuera de la institución cuya misión fundamental es el desarrollo de la educación artística, y el desarrollo de la cultura de nuestros niños y jóvenes.
Revolcadero.
El servidor público tiene una responsabilidad especial, ya que a través de su actitud, actuación y desempeño se construye la confianza de las y los ciudadanos en sus instituciones.
