Opinión

Hablemos de Discapacidad, Artículo 16

José Grimaldo Colmenero

 

Artículo 16

 

Para impulsar el desarrollo de las personas con discapacidad, hemos citado en anteriores ocasiones la necesidad primordial de impulsar el conocimiento y el respeto de los derechos que tienen los integrantes de este sector de la sociedad.

 

De la misma manera hemos establecido en este espacio que es importante fomentar, con base en lo anterior, el conocimiento de lo que establece la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad, máximo documento en el mundo que nos muestra los derechos del colectivo.

 

Hoy quiero compartir con ustedes el contenido del artículo 16, relativo a la protección contra la explotación, la violencia y el abuso. Y es que en este tema específico, establece que deben adoptarse las medidas de carácter legislativo, administrativo, social, educativo y de otra índole que sean pertinentes para proteger a las personas con discapacidad, tanto en el seno del hogar como fuera de él, contra todas las formas de explotación, violencia y abuso, incluidos los aspectos relacionados con el género.

 

Un tema en el que de manera permanente debemos reflexionar desde el interior de la familia y en el que, afortunadamente, estamos avanzando para que el tema, por ejemplo, no sea más un tabú en nuestra sociedad, que sea visible. Esto sin duda que será un ingrediente para abatir todo signo de violencia o abuso hacia una persona con discapacidad.

 

Porque en la medida que más y más personas de nuestra sociedad tengan conciencia de la importancia de conocer los derechos, permitirá que no se registren situaciones que puedan enmarcarse en el contexto del mencionado artículo.

 

Señala el texto que igualmente se deben adoptar todas las medidas pertinentes para impedir cualquier forma de explotación, violencia y abuso asegurando, entre otras cosas, que existan formas adecuadas de asistencia y apoyo que tengan en cuenta el género y la edad para las personas con discapacidad y sus familiares y cuidadores, incluso proporcionando información y educación sobre la manera de prevenir, reconocer y denunciar los casos de explotación, violencia y abuso.

 

Sólo con la información adecuada y pertinente, tendremos la conciencia de no cometer alguna conducta que dañe este derecho de quien vive en condición de discapacidad y es responsabilidad de todo miembro de la sociedad, participar en el impulso de un Estado incluyente que no registre estas situaciones.

 

Porque independientemente de que se tomen medidas para promover la recuperación física, cognitiva y psicológica, la rehabilitación y la reintegración social de las personas con discapacidad que sean víctimas de cualquier forma de explotación, violencia o abuso, incluso mediante la prestación de servicios de protección, una sociedad que se considere incluyente lo será en la medida del respeto pleno a las garantías de quienes tienen esta condición. Hasta la próxima.