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Propone Diputado Ariel Corona modificar la ley para que el robo a casa habitación y con violencia sean considerados delitos graves

CORTAZAR, GTO.- El diputado y coordinador de los legisladores federales del estado de Guanajuato, Ariel Enrique Corona Rodríguez presentó la iniciativa que reforma el Código Nacional de Procedimientos Penales, del Código Penal Federal para que el robo con violencia o en casa habitación sean denominados como grave también propuso que algún Juez podrá ordenar prisión preventiva oficiosamente en los casos de portación y posesión de armas.

Al hacer uso de la tribuna, el legislador blanquiazul dijo: “lo que se pide es que el robo a casa habitación y el robo con violencia se consideren delitos graves para evitar que salgan libres con rapidez los criminales”.

“En México una persona muere cada 18 minutos como consecuencia de un homicidio doloso. Son ciudadanos que se resistieron a un asalto, al robo de su casa, a un secuestro o que estuvieron en el momento y en el lugar menos indicado”, agregó.

El legislador guanajuatense destacó que el 2017 pasará a la historia como “uno de los episodios más oscuros de nuestro país, pues fue el año más violento en dos décadas. Hoy no quiero hablarles de cómo el robo con violencia se disparó un 38 por ciento en todo el país, o cómo el robo de negocios se disparó un 62 por ciento o de cómo siete de cada diez crímenes se realizaron con un arma de fuego, porque detrás de esas frías estadísticas hay padres que perdieron el sustento de su familia a través de un asalto o de una extorsión”.

Dicha iniciativa destaca lo siguiente:

  • Se entenderá por armas los instrumentos que puedan ser utilizados para agredir, pero para efectos de la ley no tengan aplicación en actividades laborales o recreativas
  • Determinar que los delitos de portación, acopio e introducción clandestina de armas de fuego al territorio nacional se considerarán un peligro para la sociedad
  • Establecer que se considerarán como delitos que importan un peligro relevante para la víctima y la comunidad: I) el robo cometido con violencia o en el que esta se haya ejercido para darse a la fuga o defender lo robado; II) el robo cometido en lugar habitado o destinado a habitación, ya sea fijo o móvil; y, III) la portación, acopio, posesión e introducción de armas a territorio nacional, tipificados en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos
  • Resaltar que no procederán los acuerdos reparatorios en los casos en que el imputado haya celebrado anteriormente otros acuerdos por hechos que correspondan a delitos culposos o patrimoniales
  • Señalar que el Juez de control al imponer una o varias de las medidas cautelares deberá tomar en consideración los reportes de las bases de datos nacional para verificar si alguno de los intervinientes ha participado en Mecanismos Alternativos, si ha celebrado acuerdos y si los ha incumplido.

Corona Rodríguez también presentó una segunda iniciativa la cual reforma el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en donde se pretende establecer que algún Juez podrá ordenar prisión preventiva oficiosamente en los casos siguientes:

Portación y posesión de armas reservadas para el uso exclusivo del Ejército, Armada o Fuerza Aérea, sin contar con el permiso correspondiente.

Para finalizar, el diputado por el estado de Guanajuato pidió que dicha iniciativa no sea guardada como una más de las promesas recicladas de cada legislatura, y que sirva de abanderamiento de un compromiso cumplido con la sociedad.

La primera propuesta legislativa fue turnada a las Comisiones Unidas de Justicia, y Defensa Nacional para dictamen, mientras que la segunda iniciativa fue canalizada a la Comisión de Puntos Constitucionales igualmente para dictamen.